martes 28 de agosto de 2007

CODIGO CIVIL

Código Civil Capitulo VII

Texto Refundido. Ley de protección al consumidor dentro del marco de la Telecomunicación, medios audiovisuales u otros ( tele-line, lineas eroticas, pornografia en general o paja-españa.com). Ley 34/ 06

Prohibido por la Ley General, la publicidad denigratoria, coloquios perturbadores y exposiciones indecorosas en comunicación con resultado de Paja o masturbación gorda; vengo a decir art. 7 RD según dictamen de la nueva Directiva 2005
29/ CE del Parlamento Europeo y del consejo del 11 de mayo de 2005 relacionada con las prácticas comerciales con fines lujuriosos de algunas empresas en sus lúdicas relaciones con los consumidores en el mercado interior ( Directiva sobre prácticas comerciales relacionadas con el sexo bien sea Oral, Anal, Vaginal u otros )
Ley del 27 de Enero de 2006 sobre la profesionalidad del teleoperador/es en lineas eroticas B.O.E del 29 de Enero de 2006-12-06. Siendo considerado como delito la contratación para dichos fines de Pervertidos, Degenerados o Depravados

Pero además hay que tener en cuenta algunos actos de competencia Penal, prohibidos como tales por la Ley General para la defensa de Consumidores y Usuarios y disponer que son también actos sancionables por la vía administrativa . Tal es el caso, por ejemplo, el empleo de palabras en comunicación como: te voy a comer todo el nabo, tengo el potorro muy húmedo para tí ( en definitiva todo aquello relacionado con los genitales o el culo y que no tenga relación directa o vinculo con la medicina o la ciencia )